En fecha 5 de octubre de 2017, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual declaró COMPETENTE a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer de la presente demanda, ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta, ORDENO la notificación del FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, del TRIBUNAL DISCIPLINARIO DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de la FEDERACIÓN DE COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, INSTÓ a la parte demandante consigne las copias fotostáticas, ORDENÓ remitir el expediente judicial a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio, una vez notificadas todas las partes.