D I S P O S I T I V A
Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la entrega en calidad de Depósito a ANGEL ENRIQUE RODRIGUEZ GUERRERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.467.956, residenciado en Urbanización La Estación, carrera 28 con calle 31, Edificio Río Turbio, apartamento 8, Barquisimeto estado Lara, del vehículo Marca Daewoo, Clase Automóvil, Tipo sedán, Modelo Cielo BX sincrónico, Color Blanco, Placas AR089T (No Porta), Uso Taxi, Año 1.999, Serial de Carrocería (DESINCORPORADO), Serial de Compacto (DESINCORPORADO), serial de motor G15MF751356B (original), adquirido a la empresa DECARO MOTORS DEL CENTRO C.A. en fecha 07 de junio de 1999 SEGÚN FACTURA nº 00786, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, m.....