En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, de la demanda interpuesta por Asociación Cooperativa "M.T.V. Y T.T." R.L, representada por su Presidente JUAN JOSE TOVAR DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.590.731, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado NELSON LUGO ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.866, contra la entidad mercantil INVERSIONES LLENEMO INLLE, C.A., domiciliada en Santa Ana de Coro, Estado Falcón, representada por el ciudadano GUIDO MADONNA, domiciliado en Santa Ana de Coro, Estado Falcón, cuyo motivo lo es un CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.