este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana SOCORRO INES MELENDEZ PEÑA identificado en autos, en contra la empresa DISTRIBUIDORA CHALIKI OCCIDENTAL C.A
SEGUNDO: Se ordena a la empresa DISTRIBUIDORA CHALIKI OCCIDENTAL C.A que pague al ciudadana SOCORRO INES MELENDEZ PEÑA identificado en autos la cantidad de DIEZ MILLONES DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.213.416,00), O SU EQUIVALENTE EN BOLIVARES FUERTES DE DIEZ MIL DOSCIENTOS TRECE BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs,F 10.213,41) más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que realizará un solo perito que designará el Tribunal, y la cual se ordena a los fines de determinar: 1) La indexación sobr.....