DECISION
	Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno  de    Municipio   de   la   Circunscripción   Judicial   del   Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva  HOMOLOGACION al DESISTIMIENTO de la acción, formulado en fecha 22 de Octubre de 2.009, por la abogada LIESKA CAROLINA SARRIA RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora COMERCIAL SAFARI, C.A., antes identificada, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.- ASI SE DECIDE.-
      PUBLIQUESE, RESGITRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA.
	Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en Caracas a los Cinco (05) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Nueve.- AÑOS: 199.....