DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del Derecho MARIANGELIS ARAQUE DIAZ, obrando con el carácter de Fiscal Auxiliar Vigésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra de la decisión N° 352-09 dictada en fecha 12-08-2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Todo ello conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 172, 437 literal "b" y 448 ejusdem.
Publíquese y Regístrese.
LA JUEZ PRESIDENTE,
ARELIS ÁVILA DE VIELMA
LOS JUECES PROFESIONALES,
MATILDE FRANCO.....