Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
1.- DESISTIDO el Recurso de Apelación aquí propuesto. En consecuencia, se SUSPENDE la Audiencia Oral, Pública y Contradictoria fijada para el QUINTO (5º) día hábil siguiente a la constancia en autos de la notificación del ciudadano YOFELSON JAVIER RUANO ROJAS, realizada en fecha 29 de octubre de 2010 (folio 232).
2.- Se exime de costas al actor, por no ser pasibles de tal condena quienes devenguen menos del triple del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional.
3.- Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, a quien correspondió el conocimiento del asunto en fase de mediación. .....