Se dictó decisión mrdiante la cual esta Corte: 1. Declaró que es COMPETENTE para conocer la acción de Amparo Constitucional ejercida por el abogado Carlos Eduardo Castellanos Aguiar, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ RAFAEL VILLANUEVA RUÍZ, contra el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Norte, en virtud de la presunta "(¿) VIOLACION (sic) A LA TUTELA JURÍDICA EFECTIVA Y AL DEBIDO PROCESO (¿)". (Mayúsculas y resaltado del escrito). 2.- SE SOLICITÓ a la parte presuntamente agraviada que corrija el contenido del escrito contentivo de la acción de amparo constitucional presentado en fecha 18 de octubre de 2012, y aclare si existe o no pronunciamiento por parte del Juzgado señalado como presunto agraviante y cuál es su pretensión final con la interposición de la presente acción de amparo constitucional.