En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto Del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de DESALOJO DE INMUEBLE propuesta por la ciudadana PURA CONCEPCIÓN PIÑA (V) DE MORON contra la sociedad mercantil SERVIAUTO LA 41 C.A., ambas identificadas en autos. En consecuencia, se condena a la demandada a hacer entrega del inmueble ubicado en la carrera 24 esquina calle 41, de esta ciudad, libre de personas y cosas. Asimismo se condena a la parte demandada a pagar a la demandante, la suma de TRESMIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.600,00) por concepto de mensualidades vencidas y no pagadas de los meses de SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE del año 2012; ENERO Y FEBRERO DE 2013. En cuanto al pago de los meses que se continúen venciendo, este Tribunal niega condenar dicho pago, por cuanto del l.....