´Por todos los argumentos de hecho y Derecho que han quedado expuestos, el Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara:
PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO que por ACCIDENTE DE TRABAJO que ha intentado el ciudadano CARLOS LUIS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.340.468, en contra de la entidad de trabajo MATERIALES PLASTICOS 888, sociedad mercantil con RIF N° J-08526169-9
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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