Sepublicó el texto íntegro de la sentencia y de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se condenó al acusado Eduardo Rubén Avendaño Rojas, venezolano, nacido en Mérida el 08-12-1986, de 19 años, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 18.125.996, domiciliado en Sector Aguas Calientes, calle principal San Martín, casa 33-A, establecimiento comercial Taller el Rey, Ejido Estado Mérida, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS y TRES (3) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31, cuarto párrafo, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218, numeral 3°, del Código Penal, en concordancia con el artículo 74, ordinales 1° y 4° del Código Penal.