Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos el 25 de septiembre de 2007, por los abogados Raúl Alfonso Lobos Gil, defensor del ciudadano Marving Gustavo González, quien recurrió conforme lo dispuesto en el artículo 447.4.5 del Código Orgánico Procesal Penal, y por el abogado Luis Fernando Larios Machado, en su condición de defensor del ciudadano José Gregorio Nares García, y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada el 15 de septiembre del corriente, y fundamentada el 18 de ese mismo mes, por el Juzgado Décimo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos Luis Fernando Larios Machado y José Gregorio Nares García, conforme .....