Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente JOYERIA MIS ANGY C.A.., domiciliada en caracas e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 03/08/1992 bajo el No 26 tomo 60-A Sgdo., inscrita por ante el Registro de Información Fiscal (RIF) No J-30028904-4, contra la Resolución No SAT-GRTI-RC-DF-1-1052-02674 de fecha 15 de abril de 1998 y Planillas de Liquidación No 01-10-01-2-28-009963; No 01-10-01-2-28-009964; No 01-10-01-2-28-009967; No 01-10-01-2-28-009971; No 01-10-01-2-28-009972; No 01-10-01-2-28-009973; No 01-10-01-2-28-009976; No 01-10-01-2-28-009977, de fecha 12/11/98 emanadas de la Gerenc.....