Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana MAGALY DAVILA AVILA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 6.166.002, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.456, en su carácter de Defensora Publica del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, contra LA UNIDAD DE DEFENSA PUBLICA DEL ESTADO VARGAS. En consecuencia:
Primero: Se declara la Nulidad del acto administrativo de Amonestación Escrita de fecha 20 de marzo de 2003, dictado por el Coordinador de la Unidad de Defensa Publica del Estado Vargas, y notificado en fecha 24 de marzo de 2003, mediante oficio Nº 151-03.
Segundo: Se ORDENA al Coordinador de la Unidad de la Defensa Publica del Estado Vargas, y al Dire.....