DISPOSITIVO
	De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de Prescripción de Hipoteca de Segundo Grado  incoada por FRANCISCO PAZO PEREZ y MARIA EMMA TERESA PEREZ DE PAZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.034.846 Y 1.069.661, respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil sociedad mercantil PROMOTORA AZURRA, CA., inscrita en Registro Mercantil del Distrito Federal y Estado Miranda, el 19 de julio de 1982, bajo el Nº 27, Tomo 87-A-Pro; y en consecuencia, de ello se  condena a la parte demandada:
          PRIMERO: Ha declarar extinguida la hipoteca  de segundo grado que  constituyera los ciudadanos FRANCISCO PAZO PEREZ y MARIA EMMA TERESA PEREZ DE PAZO, venezolanos, mayores de edad,.....