éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión de la causante ROSMARY DEL VALLE SANTELIZ COLMENAREZ, antes identificada y DECLARA COMO SU ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la ciudadana JACKELINE DEL CARMEN COLMENAREZ NUÑES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 22.172.448, quien como tal concurrirá a la herencia dejada por la de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Cinco (05) de Diciembre de 2.0.....