Ahora bien, por cuanto los instrumentos probatorios promovidos en el capítulo II, subtitulo "Promoción de nuevas Pruebas", marcadas como anexo (1), anexo (2), y anexo (3), se observa que fueron consignados junto a su respectivo escrito de promoción de pruebas y corren insertos a los folios cursante a los folios 184 al 189, de la primera pieza del presente expediente; este Tribunal los admite en cuanto ha lugar en derecho, por cuanto los mismos no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, ni inconducentes, salvo su apreciación en la definitiva. Así se decide.