n fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 12 de julio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de la parte actora de aplicar los Índices de Precios al Consumidor emanados de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, según su escrito del 06 de julio de 2018, la cual decisión, queda confirmada. SEGUNDO: Improcedente la solicitud de la parte actora en el sentido de que se ordene una nueva experticia adicional complementaria del fallo en ejecución de sentencia, y además, que se instruya al Perito Experto Contable, realizar los.....