En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: Medida cautelar nominada de prohibición de enajenar y gravar sobre un inmueble ubicado por lo tanto, se decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente inmueble: constituido por una porción de terreno de mayor extensión, ubicado en la urbanización El Viñedo calle 138ª (avenida principal), No. Cívico 101-7 con frente a la Avenida Carlos Sanda, jurisdicción de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, con una superficie de TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS (308,99 mts2), con los siguientes linderos y medidas: NORTE Y ESTE: del punto P01 E-608.432,98 N-1.128.954,10 al Punto P02 E-608.441,58 N-1.128.952,49 en ocho metros con setenta y cin.....