Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, las apelaciones interpuestas los días 20 de abril y 07 de julio de 2005, por la ciudadana MARIA TEOLINDA RODRÍGUEZ, en su carácter de representante legal de la accionada, asistida por el abogado JOSE GREGORIO OROPEZA GUZMÁN, contra la decisión dictada el 14 de abril del 2005, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró improcedente la oposición interpuesta por la representante legal de la accionada.
Queda así CONFIRMADA la decisión objeto de la presente apelación
Se condena en costa a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y .....