Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar lo solicitado por la Fiscal Quinta del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 ordinal segundo, primer supuesto del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETANDO SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente identidad omitida, ya identificado anteriormente
En virtud de que la presente decisión pone fin al proceso se ordena notificar a las partes.
En la ciudad de Guanare a los SEIS (06) días del mes de Febrero del 2006.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 2,
ABG. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA.
LA SECRETARIA,
ABG. ARGELIA GUÉDEZ ROMERO