DISPOSITIVA:
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACUERDA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano JOSE GREGORIO PIÑA GONZALEZ titular de la cédula de identidad nro. 11.586.521 conforme a los artículos 42 y 43 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se le impone como condiciones al Probacionario:
1.- Residir en un lugar determinado, 2.- Participar en programas de tratamiento contra el consumo de drogas en PROJUMI carrera 18 con calle 31 de esta ciudad de Barquisimeto, 3.- Presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, por el lapso de un año, 4.- Mantener un trabajo estable, 5.- Abstenerse de consumir Droga, conforme al artículo 44 Ejusdem.-
TERCERO: Cesa la medida de pres.....