Visto el escrito de pruebas presentado por el abogado JESÚS CESÍN FRANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.930, actuando en su carácter de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS ARTES (UNEARTE), y la ciudadana BETZABEL ALEXANDRA TORREALBA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.991.208, debidamente asistida por los abogados DAVID HUNG y SEILER JIMÉNEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 121.830 y 62.717, respectivamente, en el recurso contencioso administrativo de funcionarial interpuesto contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS ARTES (UNEARTE), este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas en los siguientes términos: