En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, declara: PRIMERO: Se declara la Confesión Ficta de la Sociedad Mercantil INVERSIONES G.B.A., C.A., y a los Ciudadanos JESUS IGNACIO QUINTANA LOPEZ, ANA BEATRIZ DIAZ DE QUINTANA, y en cualesquiera de sus directores JOSE ALEJANDRO QUINTANA DIAZ y GIAMPABLO SANTORSOLA PIUCHINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nrs V- 3.750.927, 4.554.929, 12.342.898 y 13.046.998. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano BRUNO SCHENONE CHAZZIN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.070.423 y de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES G.B.A., C.A., y a los Ciudadanos JESUS IGNACIO QUINTANA LOPEZ, ANA BEATRIZ DIA.....