Vistas las diligencias suscritas en fechas 15 y 29 de enero de 2015, por el abogado HENRRY ANTONIO RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante las cuales desiste del recurso de apelación interpuesto; este Tribunal da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y, en consecuencia, declara FIRME Y CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, el 29 de septiembre de 2014, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL intentado por el ciudadano JOSÉ GREGORIO ARAQUE FERRERIRA en contra el ciudadano CARLOS RAFAEL MONTES ROJAS; todo lo cual así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, a los fines legales consiguientes.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada.....