En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR TERRITORIO para conocer de la presente demanda por RECURSO DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL ARTÍCULO 8 DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES RURALES DE TUREN DEL ESTADO PORTUGUESA (ASOPRUAT), aprobado en Asamblea General Extraordinaria, de acta de fecha 22-11-2018, inscrita y protocolizada por ante el Registro Publico del Municipio Turen del estado Portuguesa, bajo el Nº 27, Folio 124, Tomo 1 del Protocolo de transcripción del año 2019, en fecha 21 de marzo del 2019, interpuesto por el Profesional del derecho ciudadano: EMILIO JOSÉ URBINA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.856.989, inscrito en inpreabogado bajo el N.....