En fecha 06 de febrero de 2024, este Juzgado de Sustanciación dictó sentencia mediante el cual declaró: "(...) 1.- ADMIT[IÓ] la referida demanda. 2.- EMPLA[ZÓ] a la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ (MPPRIJP) en la persona del PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, a tenor de lo previsto en los artículos 37, 57 y 61 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con el artículo 94 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. 3.- ORDEN[Ó] la notificación del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ (MPPRIJP), en aras de solicitar los antecedentes administrativos del caso al referido Ministerio, el cual deberá ser remitido debidamente certificado y foliado, dentro de un lapso de diez (10) días de despacho siguientes contados a partir que conste en autos su notificación, según lo.....