D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACEPTA la declinatoria de competencia planteada por la Abg. Mariluz Josefina Pérez, Juez suplente especial del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en el juicio de Pensión de Alimentos interpuesto por la ciudadana ROSA AMELIA RIVERO contra el ciudadano TITO JOSÉ LEAL AGUILERA y declara que la COMPETENCIA para conocer del presente caso es del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente.
Expídanse dos (2) copias certificadas de la presente decisión, una para ser remitida al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara y la otra para ser agrega.....