Por todo lo antes expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la recusación efectuada por el Abogado MANUEL VICENTE SOSA RODRÍGUEZ, en su carácter de defensor del ciudadano CIRA ALBARRÁN ADONIA JOSÉ, en contra de la Dra. MARTA ISABEL GOMIS, Juez Décima Cuarta (14°) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.