PRIMERO: SIN LUGAR la FALTA DE CUALIDAD alegada por la representación judicial de las empresas ORGANIZACIÓN ITALCAMBIO CA y 19 ASESORES GENERALES, C.A.; 
SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de COSA JUZGADA invocada por las empresas ORGANIZACIÓN ITALCAMBIO CA.; 19 ASESORES GENERALES, C.A e ITALCAMBIO C.A.; 
TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ANTONIO JOSE ARMAS GARCIA en contra de ITALCAMBIO C.A., ORGANIZACIÓN ITALCAMBIO CA, 19 ASESORES GENERALES CA y DORADO ASESORAMIENTO GERENCIAL C.A. 
CUARTO: No hay condenatoria en costas, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.