Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Ciudadano Juan Carlos Velásquez, titular de la cédula de identidad Nº 8.638.226, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 46.986, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente OCASIOLANDIA, C.A., en contra de la Resolución Nº 16-96, de fecha quince (15) de mayo de 1996, emanada de la Alcaldía del Municipio Valdez del Estado Sucre, mediante la cual intima a la contribuyente para que cancele la cantidad de Bs. 1.296.226,00 ahora reexpresados en Bs.F: 1.296,23 por concepto de impuesto causado.
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COSTAS: No hay condenatoria .....