III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos José Gregorio Díaz Herrera y Griselda Ninoska Ortiz Rincón, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números V-13.163.155 y V-9.706.192, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 23 de noviembre de 2009, contrajeron matrimonio por ante el Registro Civil de la Parroquia Juana de Ávila, Municipio Maracaibo, estado Zulia, según consta en acta de matrimonio n° 330 durante el año 2009.
Ofíciese lo conducente al Registro Civil de la Parroquia Juana de Ávila, Municipio Maracaibo, Estado Zulia; al Registrador Principal del estado Zulia y al Consejo Naci.....