Por todas las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente esgrimidas, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, ha decidido:
PRIMERO: Declarar INADMISIBLE la presente demanda de DESALOJO interpuesta por el ciudadano WALDEMAR GONZALEZ GUDIÑO, contra la sociedad mercantil INVERSIONES IRENE 27-27 KY, C.A., en la persona de sus representantes legales, los ciudadanos MARIA AZUCENA FONSECA SOLANO y JOSE GREGORIO LUGO, al haber incurrido en la inepta acumulación de pretensiones.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no existe especial condenatoria en costas.
Publíquese incluso en la página web www.caracas.tsj.gob.ve, regístrese, notifíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Vig.....