DISPOSITIVA
Por todos los argumentos antes esbozados, este Tribunal de Control Nº 1º de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL, en virtud de la investigación seguida al ciudadano ERICSON JOSE URDANETA OVIEDO, titular de la cedula de identidad Nº 16.279.835. Todo de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, se decreta el CESE de la medida de privación de libertad y de coerción personal dictada al precitado ciudadano.
Notifíquese a las partes. Líbrese boleta de libertad al ciudadano ERICSON JOSE URDANETA OVIEDO, titular de la cedula de identidad Nº 16.279.835, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario Región Centro Occidental "Uribana" Regístrese. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la sala de audie.....