Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Sin Lugar el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por la profesional del derecho ADELIA YULEINE PÉREZ MORENO, actuando en su condición de abogada defensora del acusado JOSÉ GREGORIO MONTIEL LUNA, contra de la sentencia dictada por la ciudadana Jueza Tercera del Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se condenó a su defendido a cumplir la pena de quince (15) años de prisión por el delito de Violación previsto en el numeral 1 del artículo 374 del Código Penal. En consecuencia se confirma la decisión recurrida. Queda resuelta la Apelación. Publíquese, regístrese, notifíquese y remítase. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en la fecha supra indicada.