Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NULA el acta de instalación de audiencia preliminar de fecha 30 de marzo de 2016, cursante al folio 15. Así se decide.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de ordenar la notificación de la codemandada LILIA ROSA SEQUERA PEREZ, mediante CARTEL, de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para que comparezca por ante este Tribunal a la INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR. Así de decide.
TERCERO: En consecuencia, se advierte a las partes que una vez que el Secretario o Secretaria deje constancia en autos de haberse practicado la notificación ordenada, comenzará a computarse el término para la INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, que se realizará el DÉCIMO DÍA HÁBIL SIGUIENTE, A LAS 09:00 A.M. Líbrese cartel.