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DECISIÓN
En suma y con fundamento en las razones que preceden, esta Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho EVELYN JARA IBARRA, en su carácter de Defensora Pública Septuagésima Segunda (72°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en defensa del ciudadano EDUARDO PEREZ CARMONA, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de julio de 2016, por el Juzgado Decimo Octavo (18º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó el decaimiento de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad que pesa en contra de su asistido, de conformidad con lo establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal..