El disfrute se realizará de forma alterna. Para este año el primer lapso que comprende 24 y 25 de Diciembre será para el padre, obvio el segundo para la madre y el año próximo será a la inversa. Cuarto: el día del padre el niño estará con su progenitor y el día de la madre con su progenitora. Y para el día de cumpleaños del niño ambos dialogarán acerca de cómo se va ha realizar la celebración del cumpleaños del niño, procurando siempre que se imponga el interés del niño y la consideración que su corta edad supone la presencia de ambos padres. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le Confiere la Ley, Decreta la Notificación de la Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, por el Régimen de Visitas en beneficio del Niño José Leonardo Ávila Rincón