En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal con competencia en Violencia contra la Mujer en funciones de funciones de Control, Audiencias y Medidas N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud planteada por el Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Tercera del estado Lara, y en consecuencia se ORDENA la ejecución de esta medida a través de la fuerza pública, para garantizar el reingreso de la víctima a su residencia ubicada en Las Quebraditas, Sector Portuguesita arriba, cerca de la escuela, Municipio "Andrés Eloy Blanco", y la salida del presunto agresor, para lo cual se acuerda comisionar al Cuerpo de Policía del estado Lara, conforme a lo dispuesto en la parte in fine del numeral 3 del referido artículo 87 ejusdem. SEGUNDO: Notifíquese a la Fiscalía Tercera, victima y presunto agres.....