Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Repone la causa al estado en que sea practicada las notificaciones de cada uno de los Alcaldes de los Municipio Guacara, Diego Ibarra y San Joaquín del Estado Carabobo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Así como la notificación de la Accionada la Mancomunidad para la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos Urbanos del Eje Oriental del Estado Carabobo, Manorca. Así se decide
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