Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- CON LUGAR la cosa juzgada de uno de los conceptos reclamados. 2.- CON LUGAR la defensa de prescripción del concepto restante. 3.- SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JESÚS ALBERTO ROJAS TOLEDO contra la entidad de trabajo denominada "COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA", ambas partes identificadas en los autos. 4.- No se condena en costas al demandante en razón del salario que adujo devengar.-