Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto, por la abogada ISABEL PEÑA TERÁN, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano JOSÉ FRANCISCO DOS SANTOS BARROS, contra la decisión proferida en fecha 27 de junio de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que declaró inadmisible la demanda interpuesta.
Segundo: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión proferida en fecha 27 de junio de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civ.....