En consecuencia, a los fines de garantizarle a la parte Accionante la posibilidad de ejecución de la sentencia definitiva que recaiga en esta causa, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA mediante la cual se acuerda y ordena la permanencia del ciudadano CARLOS GABRIEL SANABRIA LOPEZ, ya identificado, en el inmueble objeto del presente litigio, el cual está constituido por:
"...Un apartamento ubicado en la urbanización Prebo, avenida 104-B, N°133-91, Residencias Yurubi, piso 4, apartamento N°4-5, en jurisdicción de la Parroquia San José, municipio autónomo Valencia, estado Carabobo, con una superficie de ciento catorce con veintidós decímetros (114,22 metros cuadrados) cuyos linderos son: NORTE: Fachada Norte del edificio; SUR: Fachada Sur interior, pa.....