este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a RAFAEL IGNACIO MANZANILLA PEREZ, ANA LUISA MANZANILLA PEREZ, WILFREDO ENRIQUE MANZANILLA PEREZ, NORELIS MAYERLINE MANZANILLA PEREZ, JHON BENITO MANZANILLA PEREZ, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto BENITO DEL ROSARIO MANZANILLA