Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por Abg. JORGE RODRIGUEZ, en su condición de apoderado de la ciudadana DINORA DEL CARMEN SARMIENTO OCHOA, en contra del auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 27/01/2012, MODIFICANDOSE la misma declarándose inexistente el proceso de desalojo llevado por el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el expediente signado bajo el N° 2985, en la cual la ciudadana DINORA DEL CARMEN SARMIENTO OCHOA, titular de la cédula de identidad N° 10.122.298 demandó a su cónyuge ARISTOCLES ANTONIO PEÑA GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° 9.573.755. Se ordena a éstos dos ciud.....