DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERENCIÓN DEL PROCEDIMIENTO en la acción mero declarativa que interpusieran los ciudadanos José Ángel Silva Y Freddy José Silva, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.677.165 y 9.644.283, respectivamente, contra la entidad de trabajo Alimentos Polar Comercial, C.A. Así como el tercero llamado a juicio Sociedad Mercantil Organización de Sistemas de Contratación S.A. (OSISTECONSA), SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas. TERCERO: Se ordena la notificación de las partes. ASÍ SE DECIDE.