Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Inadmisible la Demanda por Reivindicación, interpuesta por la Asociación Civil Pro Vivienda "HEREDEROS LAS LLAVES", representada por el ciudadano Dago Arnaldo Quintero Chautre, contra el ciudadano Juan Carlos Mendes Mendes, antes identificados.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los seis días del mes de junio de 2024, siendo las 03: 00 de la tarde. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador de sentencias de manera digital.
La Juez
Mariso.....