PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Gustavo Alberto Antúnez López y Joselin Carolina Suárez Torres, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 25.195.551 y 23.894.039, respectivamente, asistidos por la Defensora Pública Segunda (02º) Provisoria en Materia Civil, Mercantil y Tránsito, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, abogada Jhoanini Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 228.280.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Gustavo Alberto Antúnez López y Joselin Carolina Suárez Torres, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 25.195.551 y 23.894.039, respectivamente, ante el Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el día trece (13) de diciembre de dos mil doce (2012), tal como se evidencia del acta de matrimonio Nro. 424.