Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado Auristela Pérez, en su condición de apoderada judicial de la parte actora contra la Sentencia de fecha 03/05/206 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada cancelar al demandante, además de los conceptos condenados en la Sentencia de Primera Instancia, las horas extras laboradas como excedente de su horario de trabajo diario, con el salario decidido en esta Sentencia, para lo cual se ordena una experticia complementaria del fallo, en los términos expuestos en la parte motiva de la presente decisión, la cual deberá realizarse por un único experto contable designado por el Tribunal cuyo.....