Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, de los ciudadanos: EUSTORGIO GREGORIO VISVALL POLANCO, titular de la cédula de identidad N° V 22.086.503, fecha de nacimiento 30-03-77, de 31 años de edad, Concubino, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio Mecánico, hijo de Eustorgio Visvall y Maria Polanco, residenciado en la San Francisco, barrio San Ramón, (Invasión), al fondo del Hospital Materno de San Francisco, Municipio San Francisco del Estado Zulia JUAN JOSE RINCÓN FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad N° V 18.201.836, fecha de nacimi.....